El plan de pensiones es un producto de ahorro provisional a largo plazo cuyo principal fin es el de generar un ahorro del que disponer en la jubilación en forma de capital o de rentas. Su funcionamiento se basa en aportaciones periódicas o puntuales realizadas por el partícipe que son invertidas por los gestores del plan, siguiendo unos criterios de rentabilidad y riesgo previamente establecidos en la política de inversión del plan. De esta forma, a la hora de rescatar su plan de pensiones, el titular obtiene tanto el dinero depositado a lo largo de los años como la rentabilidad que éste haya podido generar. Veamos con más detalle cómo funciona un plan de pensiones.
Los planes de pensiones se basan en las aportaciones que el cliente realiza. Estas pueden ser periódicas o puntuales. No existe obligación alguna de realizar aportaciones, pudiendo suspenderse y reanudarse en cualquier momento. La aportación máxima anual asciende a 8.000 €.
Además, las personas cuyo cónyuge no disponga de rendimientos netos del trabajo y/o cuyas actividades económicas sean inferiores a 8.000 € anuales, podrán aportar al plan del cónyuge un máximo de 2.500 € anuales.
De manera adicional, las personas con una minusvalía física o psíquica reconocida igual o superior al 65 %, el límite máximo anual de las aportaciones se incrementa hasta los 24.250 €, incluyendo las aportaciones realizadas en su favor por terceras personas, que no podrán exceder los 10.000 € anuales.
La deducción fiscal de las aportaciones
Las cantidades aportadas anualmente al plan de pensiones pueden ser desgravadas en IRPF, reduciendo la base imponible y ofreciendo por tanto un importante ahorro fiscal que dependerá del tipo marginal del contribuyente. Por ejemplo, si se tiene un tipo de retención del IRPF del 24 % y se aporta al plan de pensiones un total de 3.000 € anuales, el ahorro en concepto de impuestos sería de 720 €.
La desgravación anual máxima será la menor de las siguientes cantidades: 8.000 € o el 30 % de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas. En caso de exceder el límite de desgravación, se podrá trasladar el exceso a la declaración de IRPF de los cinco ejercicios siguientes.
Por otro lado, a la hora de rescatar el plan de pensiones el capital que se obtenga tributará en IRPF como del rendimiento del trabajo independientemente de la contingencia que genere el derecho al rescate. De este modo, cuando se produce por fallecimiento del titular, los beneficiarios o herederos tributarán en IRPF como rendimientos del trabajo y en ningún caso en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
En qué invierte un plan de pensiones
Con las aportaciones que el cliente va realizando en su plan de pensiones, los gestores van realizando una serie de inversiones con el fin de buscar la máxima rentabilidad. Estas inversiones dependerán del tipo de plan que se haya contratado. Atendiendo a las inversiones que realizan, los más frecuentes son:
- Planes de renta fija (a corto o largo plazo, renta fija pública o renta fija corporativa).
- Planes de renta variable.
- Planes mixtos, con distinto peso de renta fija y variable.
- Planes garantizados.
Dependiendo de perfil de inversión que se deba adoptar – a elegir entre conservador, moderado o decidido – se aconseja un tipo de plan u otro; mientras que los planes de renta fija suponen un producto de menor riesgo teórico asociado y, a su vez, menor rentabilidad, los planes de pensiones de renta variable tienen un riesgo teórico mayor pero conllevan una rentabilidad potencial también mayor.
Es importante ir adaptando el perfil de riesgo de los planes que poseemos al paso del tiempo para no incurrir en riesgos adicionales (estar en un plan de mayor riesgo del que nos conviene) o para no incurrir en costes de oportunidad en términos de rentabilidad (estar en un plan de menor riesgo del que podemos asumir). Para quien no quiera preocuparse de este tránsito, existen los planes de pensiones de ciclo de vida, en los que elegiremos un plan con vencimiento cercano a nuestra jubilación y serán los gestores los encargados en todo momento de adaptar el perfil de riesgo.
El rescate de un plan de pensiones
Una vez accedido a la jubilación (a edad ordinaria, anticipada o diferida), el cliente podrá rescatar su plan de pensiones, es decir, las aportaciones que haya realizado a lo largo de la vida del plan más la posible rentabilidad que éste le haya generado.
Además de la contingencia de jubilación, existen otras contingencias y supuestos excepcionales de liquidez que permiten rescatar el plan de pensiones de manera anticipada:
- Desempleo de larga duración: el titular del plan de pensiones deberá acreditar tres requisitos:
- Estar en situación legal de desempleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo.
- Haber agotado la prestación contributiva por desempleo o no tener derecho a ella.
En caso de ser trabajador autónomo, se deberá haber agotado el derecho a recibir prestaciones contributivas y estar inscrito como demandante de empleo.
- Incapacidad laboral permanente: Puede ser total, absoluta o gran invalidez.
- Dependencia severa o gran dependencia: el titular deberá acreditar ser dependiente o gran dependiente.
- Enfermedad grave: el titular deberá acreditar el estado de enfermedad grave. En este supuesto también se contempla que la enfermedad grave sea padecida por el cónyuge y los ascendientes o descendientes de primer grado.
- Fallecimiento: en caso de fallecimiento del titular, serán sus beneficiarios quienes reciban el capital acumulado en el plan de pensiones. Si no hubiera designado beneficiarios, serán sus propios herederos quienes reciban el dinero.
- Ejecución hipotecaria: hasta mayo de 2017 se podrá rescatar el capital acumulado en el plan de pensiones para pagar el préstamo hipotecario si el titular se encuentra en un proceso de ejecución hipotecaria. En este sentido los dos requisitos son: que no se pueda pagar la hipoteca de ninguna otra manera y que el capital rescatado sea suficiente para evitar la ejecución hipotecaria.
- Tras un periodo de diez años: Desde 1 de enero de 2025 se podrán rescatar aquellas participaciones con una antigüedad mínima de diez años.
Sostenibilidad del sistema
Cuando se decide rescatar el plan de pensiones el cliente dispone de diferentes opciones para recibir su dinero.
- Rescate en forma de capital: se obtiene de una sola vez todo el dinero acumulado en el plan de pensiones. De esta manera tan solo se pagan los impuestos asociados al rescate del plan una sola vez, lo que suele generar un impacto fiscal más elevado.
- Rescate en forma de renta: se obtiene una cantidad periódica de dinero que depende del tiempo depende del tiempo que se haya acordado para rescatar el plan y del tipo de renta por el que se haya optado. Existen dos opciones:
- Renta asegurada: siempre se recibe la misma cantidad de dinero y pueden ser temporales o vitalicias.
- Renta financiera: la cantidad de dinero recibida dependerá de la rentabilidad de las inversiones hechas por los gestores del plan de pensiones y se mantendrá mientras dure el saldo existente en el plan.
- Rescate mixto: primero se obtiene una cantidad estipulada de dinero para, posteriormente, recibir una renta periódica que puede ser asegurada o financiera.
Así es como funciona un plan de pensiones, una opción de ahorro e inversión interesante para quienes quieren disponer de un complemento a su pensión pública por jubilación.
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